Salario mínimo
El Gobierno fijó el salario mínimo hasta abril de 2027: cuánto será mes a mes
El Ejecutivo oficializó un cronograma de aumentos mensuales del SMVM desde septiembre hasta abril de 2027, tras el fracaso de las negociaciones en el Consejo del Salario.
El Gobierno nacional oficializó este miércoles un nuevo cronograma de aumentos para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que regirá desde septiembre de 2026 hasta abril de 2027. La medida fue adoptada luego de que la reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil terminara sin consenso entre empresarios y sindicalistas.
La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 4/2026, publicada en el Boletín Oficial. El nuevo piso salarial para los trabajadores mensualizados que cumplen jornada completa se ubicó en $383.800 desde septiembre, mientras que el valor para trabajadores jornalizados quedó en $1.919 por hora.
El esquema definido por el Ejecutivo contempla incrementos sucesivos cada mes. En octubre el salario mínimo pasará a $391.200; en noviembre, a $398.800; en diciembre, a $406.400; en enero de 2027, a $414.200; en febrero, a $422.000; en marzo, a $429.600; y en abril de 2027 alcanzará los $437.000. La diferencia nominal entre el inicio y el final del período es de $53.200.
La actualización se produjo después de la reunión convocada para el 28 de agosto, en la que las partes no lograron un entendimiento. Ante la falta de acuerdo, correspondió al Gobierno establecer los valores mediante un laudo, tal como contempla el marco legal vigente.
La resolución también actualizó los valores de referencia vinculados con la Prestación por Desempleo. Según la normativa, la prestación equivale al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual percibida durante los seis meses anteriores al cese laboral, y no puede ser inferior al 50% ni superar el 100% del SMVM vigente. Por ese motivo, las modificaciones del salario mínimo repercuten sobre los límites de esta prestación.
Con la nueva resolución, el Gobierno dejó definida la trayectoria del SMVM hasta abril del año próximo, evitando que deba establecerse un nuevo valor cada mes dentro de este período. La medida alcanza a los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, a quienes se encuentran bajo el Régimen de Trabajo Agrario y a los empleados de la Administración Pública Nacional y organismos estatales que actúen como empleadores. El próximo incremento se aplicará el 1° de octubre.